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NOTIVIDA, A o XVIII, N 1080, 18 de marzo de 2018

LOS PROYECTOS DE ABORTO DE CAMBIEMOS (Parte 2)

Si bien los dos proyectos de Wisky son independientes -se podr a aprobar uno sin el otro- el proyecto de legalizaci n del aborto complementa al de despenalizaci n y ambos fueron presentados por los mismos diputados. El de despenalizaci n modifica el C digo Penal abriendo una brecha sin l mites en las causales de excepci n y el de legalizaci n obliga a todos los centros de salud a ofrecer la pr ctica gratuitamente en los casos previstos en el C digo.

Los dos expedientes sobre aborto de Cambiemos fueron encabezados por el rionegrino Sergio Wisky. El de despenalizaci n modifica el C digo Penal introduciendo un coladero para todo tipo de abortos (Vid Notivida N 1079) y el otro prev aborto legal y gratuito, en los casos enunciados en el art culo 86 del C digo .

Es decir, en el segundo proyecto se pasa de la mera no punibilidad, a una obligaci n legal impuesta al Estado y a todos los centros privados que brinden servicios m dicos, independientemente de la figura jur dica que posean y del ideario de la instituci n.

No nos cansaremos de reiterar que los incisos 1 y 2 del art culo 86 del C digo Penal, son dispositivos originariamente nulos e inconstitucionales y, de todas maneras, se encuentran derogados desde la reforma constitucional del 94. Los dos proyectos de Wisky son, por ende, adem s de inmorales, inconstitucionales.

El proyecto de legalizaci n

El expediente (444/2018) legaliza el aborto en los casos enunciados en el art culo 86 del C digo Penal . Todos los servicios de salud (p blicos y privados) deber n practicar abortos.

La interrupci n debe ser practicada por el equipo de salud sin intervenciones adicionales innecesarias, sean m dicas, administrativas o judiciales. Bastar la declaraci n jurada de la mujer donde se indique el inciso del art culo 86 del C digo Penal por el cual pide el aborto.

En la primera consulta m dica en que la mujer pida un aborto, el m dico dispondr para el mismo d a o para el inmediato siguiente, la consulta con un equipo interdisciplinario. Este equipo le deber informar sobre las caracter sticas de un aborto y las alternativas posibles. A los dos d as, como m nimo, la mujer debe ratificar su decisi n.

Se garantiza reserva y confidencialidad, es decir no habr participaci n del c nyuge, por ejemplo.

Si una menor quiere abortar y no est n de acuerdo los padres, tutores o encargados de acompa ar la decisi n de la ni a o adolescente se proceder a dar intervenci n a la Asesor a Tutelar correspondiente . M s all de los padres, se recomienda fomentar que las adolescentes cuenten con la compa a y el apoyo de una persona de su confianza durante el proceso .

Los profesionales que sean objetores de conciencia lo deber n notificar por escrito a las autoridades del establecimiento de salud y aunque lo hagan estar n obligados a informar a la mujer que puede acceder a un aborto. La objeci n de conciencia es siempre individual y no institucional .

De no cumplir lo normado se podr n considerar infractores pasibles de sanci n: multas gravosas, inhabilitaci n, clausura total o parcial, temporaria o definitiva del consultorio o centro de salud donde haya actuado. En caso de reincidencia, se podr incrementar hasta el d cuplo la sanci n aplicada.

Las autoridades sanitarias podr n monitorear el cumplimiento de esta ley en cualquier centro de salud, mediante inspecciones y/o pedidos de informes.

Las firmas

Encabeza el macrista Sergio Wisky (R o Negro) y fue cofirmado por sus compa eros de bloque: Yanina Gayol (Entre R os), los bonaerenses Daniel Lipovetzky y Samanta Acerenza y los porte os Marcelo Wechsler, Anabella Hers Cabral y Fernando Iglesias. Tambi n estamparon su firma los radicales Karina Banfi y Miguel Angel Bazze, ambos de la provincia de Buenos Aires.

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NOTIVIDA, A o XVIII, N  1080, 18 de marzo de 2018

Editor: Lic. M nica del R o

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