NOTIVIDA,
Año XI, Nº
769, 17 de agosto de 2011 Cámara de
Diputados de la Nación COMIENZAN A
ESTUDIAR LA LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO Por
Mónica del Río Como advertimos antes
de que se inicie el año parlamentario, el lobby legislativo de la comunidad
homosexual se iba a centrar este año en la Ley de identidad de género (Vid Notivida Nº 749). Después de que gays y
lesbianas lograron homomonio, le tocaba a los trans (travestis, transexuales y
transgéneros) conseguir su “ley de identidad
de género”. El reclamo fue
demorado por la campaña electoral, pero el retraso será compensado con reuniones
conjuntas de las dos comisiones que tienen que estudiar los proyectos:
Legislación General y Justicia. Mañana se
realiza la primera de esas reuniones en la que participarán “representantes de las organizaciones de
Diversidad Sexual” que trabajaron en
los proyectos: ATTTA (Asociación de
Travestis, Transexuales y Transgéneros de Argentina) y ALITT (Asociación de Lucha por la Identidad
Travesti-Transexual). De convertirse en ley,
se incorporará en el catálogo de los “derechos humanos argentinos” la
posibilidad de modificar -en registros públicos y privados- la fotografía y
nombre de las personas trans para adecuarlos al sexo “autopercibido”. El cambio
lo podrán efectuar con un mero trámite administrativo y sin pasar por
operaciones que modifiquen sus genitales externos. Hay cuatro proyectos
en estudio. A los
tres ya descriptos se sumó este año el expte. 1879-D-2011 que presentaron Miguel Ángel Barrios (PS, Sta.Fe), Lisandro Viale
(PS, E.Ríos), Alicia Ciciliani (PS, Sta.Fe), Mónica Fein (PS, intendente electa
de Rosario), Roy Cortina (PS, Cap.Fed.), junto a: Fabián Peralta (GEN, Sta.Fe),
María Virginia Linares (GEN, BsAs), Héctor Piemonte (CC, BsAs) y María Luisa
Storani (UCR, BsAs). El proyecto garantiza el “ejercicio de los
derechos humanos de las personas discriminadas por identidad de género” y
“regula el procedimiento para la rectificación registral del sexo y el cambio de
nombre de una persona cuando dicha inscripción es contradictoria con su
identidad de género”. Las solicitudes de rectificación registral del sexo y
nombre tramitarán en la “Oficina de Identidad de Género” que se creará en el
ámbito de la Secretaría de DDHH del Ministerio de Justicia. Una vez dispuesta la
rectificación registral, el Registro Nacional de las Personas emitirá un nuevo
documento nacional de identidad y el Registro Civil una nueva partida de
nacimiento. ¿Qué pasará con los hijos -si los hubiera-
de la persona que hace una rectificación registral de sexo y nombre? ¿se les
expedirá otra partida de nacimiento con nuevos progenitores? _________________________________________ NOTIVIDA, Año XI, Nº
769, 17 de agosto de 2011 Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro.
Dr. Juan C. Sanahuja Página web: www.notivida.org Email:
notivida@hotmail.com
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