NOTIVIDA,
Año IV, nº 240, 18 de agosto de 2004 Buenos Aires,
Argentina ABORTO: EL PRETEXTO DE LAS MUERTES MATERNASSegún estimaciones del Ministerio de
Salud, el número de abortos provocados asciende, en el país, a más de medio
millón por año. La misma fuente asegura que alrededor de 100 mujeres mueren cada
año, por haberse practicado un aborto (NOTIVIDA 215 y 239). Vale decir, por cada
mujer que muere, se asesina a más de 5.000 bebés. Las cifras oficiales afirman,
además, que las muertes maternas descienden año tras año, mientras que el número
de bebés asesinados crece. Reconociendo el
valor de la vida humana y la importancia que cada muerte tiene en sí misma, no
podemos dejar de señalar que resulta incomprensible que funcionarios y
legisladores, se empeñen en contabilizar sólo una, de cada 5001
muertes. Destaquemos que no
se ve el mismo empeño en disminuir otras cifras de mortalidad, por ejemplo la de
los menores de un año que sobrepasan las 11.700 muertes anuales, de las cuales
-según el propio Ministerio de Salud- al menos la mitad son
evitables. La senadora Vilma
Ibarra también solicitó la despenalización de ciertos tipos de aborto, con el
pretexto de reducir la mortalidad materna. El proyecto de la senadora Vilma
Ibarra El proyecto lleva el número de
expediente 2473/04 y además de Ibarra (Frente Grande,Cap.Fed.), lo firmó la
senadora Diana Conti (Frepaso,BsAs). Ibarra recuerda, en los fundamentos, que
el Comité del CEDAW “recomendó al
gobierno argentino revisar la legislación sobre el aborto”, pero -objeta la
senadora- “el Estado no ha respondido entonces, ni lo ha hecho hasta la
actualidad”. Pensemos que esta denuncia no puede ser formalizada en tribunales
internacionales, porque, felizmente, el Congreso de la Nación no ha ratificado
aún el Protocolo opcional del CEDAW, que habilitaría este accionar.
Argumenta también con la recomendación
del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas del año 2000, en la que
entre otras cosas, se insta a nuestro país a “que se reexaminen periódicamente
las leyes y las políticas en materia de planificación familiar. Las mujeres
deben poder recurrir a los métodos de planificación familiar y al procedimiento
de esterilización y, en los casos en que se pueda practicar legalmente el
aborto, se deben suprimir todos los obstáculos a su obtención. Se debe modificar
la legislación nacional para autorizar el aborto en todos los casos de embarazo
por violación”. En el mismo texto la senadora citó
conferencias internacionales de El Cairo y Beijing, desconociendo las reservas
argentinas a las mismas. Dice por ejemplo de Beijing: “la delegación argentina
participó del consenso para adoptar el párrafo 106 k) de la Plataforma de Acción
que recomienda a los gobiernos considerar la posibilidad de revisar el derecho
que impone sanciones a la mujer que comete un aborto”. Sin mencionar que
Argentina aclaró que el consenso sobre ese párrafo “no significa una propuesta
para despenalizar el aborto ni eximir de su responsabilidad criminal a quienes
puedan ser coautores o partícipes de este delito”. Al hablar de mortalidad materna la
senadora no utilizó la cifra nacional -existiendo datos oficiales- sino que hizo
una extraña proyección de cifras latinoamericanas, que arrojó un resultado mucho
más abultado que los índices nacionales. Con estos fundamentos Ibarra solicitó la despenalización del aborto cuando el embarazo sea consecuencia de un delito contra la integridad sexual, y cuando exista diagnóstico médico de inviabilidad de vida extrauterina del feto. Consignemos finalmente que un proyecto
similar, que intenta despenalizar el aborto en los casos de violación, fue
presentado el mes pasado por la senadora Silvia Giusti (PJ,Chubut). Es el exp Nº
2023/04 y exige que la violación haya sido “denunciada dentro de las cuarenta y
ocho horas de producido el hecho; y la gestación no supere las doce semanas”.
FIN ___________________________________ NOTIVIDA, Año IV, nº 240,
18 de agosto de 2004 Editores: P.Juan
C. Sanahuja y Mónica del Río Página
web http://www.notivida.org Email
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