|
NOTIVIDA,
Año III, nº 145, 12 de Junio de
2003 Ciudad de Buenos Aires AMPARO CONTRA LA ANTICONCEPCIÓN DE
EMERGENCIA El
legislador Ricardo Oscar Busacca, diputado de la legislatura
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, acaba de promover una
“acción rápida y expedita de amparo contra el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Buenos Aires para que se le
obligue a desactivar, anular y prohibir para siempre todo
programa de ‘anticoncepción de emergencia’, en cualquier
institución de salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
sea que dicho programa esté ya establecido, o por establecerse
y funcionar en el futuro”. En la acción se pide que se declare “la inconstitucionalidad de todo programa de ‘anticoncepción de emergencia’ que exista o pudiera existir en el futuro”. En
el escrito el diputado Busacca, denuncia la distribución en la
vía pública de folletos “que bajo el título ‘Salud sexual y
reproductiva’”, incluyen una explicación sobre la
“anticoncepción de emergencia”. Los folletos han sido impresos
por la Dirección General de la Mujer, ahora regenteada por la
abortista María Luisa Storani, que fuera Directora Nacional de
la Mujer durante el gobierno del presidente De la
Rúa. Como informó el boletín Noticias
Globales 540, (30-11-02), el 25 de noviembre pasado, en
coincidencia con la conmemoración del Día Internacional de la
No Violencia contra las Mujeres, la Dirección General de la
Mujer del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires lanzó el
Programa Integral de Asistencia a Víctimas de Delitos
Sexuales, que incluye el aborto -a través de la llamada
anticoncepción de emergencia- como “ayuda” a las mujeres
violadas. Recordemos que la Directora de la Mujer era por
entonces María Elena Barbagelata, actualmente diputada
nacional. El programa, que incluye el reparto masivo de estos
elementos abortivos en los hospitales de la ciudad, fue
aprobado e impulsado por el secretario de Salud, Alfredo
Stern, uno de los más activos colaboradores del Jefe de
Gobierno Aníbal Ibarra en la imposición de políticas que
atentan contra la vida humana y la familia. El plan no hace
distinción de edad, luego las menores, sin conocimiento ni
consentimiento de sus padres, podrían ser parte de él. (vid.
Página 12, 26-22-02). La
anticoncepción de emergencia es un método abortivo, que
consiste en la ingesta de sobredosis de anticonceptivos de
toma diaria, o la toma de las llamadas “píldoras del día
después”, o la inserción del DIU, después de una relación
sexual “no protegida”. Dice el escrito presentado por el
diputado Busacca: “La situación es sumamente peligrosa, dado
que el hecho de que se sigan popularizando éstos medicamentos
exclusivos para la “anticoncepción de emergencia”, (...) el
número de abortos será enormemente mayor”. “Nuestro ordenamiento jurídico
-continúa- protege la vida de las personas desde la concepción
en el seno materno, en efecto el Código Civil establece en su
artículo 63 que son personas por nacer las que no habiendo
nacido están concebidas en el seno materno, por lo tanto ellas
merecen toda la protección de la ley, ello significa, que la
ley y el Estado están llamados a proteger la vida de las
personas no nacidas”. “El método de ‘anticoncepción de
emergencia’, -dice Busacca- no sólo es una campaña que hace el
Gobierno de la Ciudad que pone en peligro la vida de las
personas por nacer, sino que también daña a la familia. Más
allá de todas las consideraciones que se pueden plantear sobre
todos los métodos anticonceptivos, existe una realidad
científica que productores y consumidores quieren ignorar: el
aborto producido por la ‘anticoncepción de
emergencia’. En el
escrito se afirma que: “la vida es un derecho personalísimo y
fundante, protegido por nuestro ordenamiento jurídico,
específicamente en el artículo 29 de la Constitución Nacional
y el artículo 4º del Pacto de San José de Costa
Rica. La
Corte Suprema de Justicia tiene dicho que se trata del primer
derecho natural que tienen todas las personas sin distinción,
en efecto en el caso Saguir y Dib falló que la vida es “el
primer derecho natural de la persona humana, preexistente a
toda legislación positiva y que resulta admitido y garantizado
por la Constitución Nacional y las Leyes (Fallos 302:1284).
Cabría agregar que también la Corte Suprema consideró a la
anticoncepción de emergencia un método abortivo (Fallo Portal
de Belén). “El presente recurso -continúa la
denuncia- se interpone con el objeto de evitar que el Gobierno
de la Ciudad siga promoviendo el método de la “anticoncepción
de emergencia”, no sólo porque agravia nuestro régimen
jurídico vigente, sino que también para intentar otorgar un
amparo a todos aquellos pequeños concebidos en el seno
materno. “El fomento que hace el Gobierno de la Ciudad de la
anticoncepción de emergencia repudia al régimen legal vigente
y al derecho natural que tiene todo ser vivo, esto es el
derecho a la vida”. “En consecuencia, concluye el
diputado, interpongo la presente acción de amparo en función
de sentirme agraviado en mis fueros como diputado de la Ciudad
en cuanto que no quiero formar parte de un Gobierno que
resulta ser cómplice de una campaña que hace apología del
delito de aborto”. Recordamos que Aníbal Ibarra
pretende ser reelecto Jefe de Gobierno de la Ciudad. “Ya está
definido que Kirchner apoyará la reelección del jefe del
Gobierno de la Ciudad, Aníbal Ibarra”, decía La Nación del 11
de junio de 2003. Sepa el pueblo votar.
FIN. RUEDA DE ENLACE DE
ONG’s FAMILIAS AUTOCONVOCADAS DE
BUENOS AIRES ______________________________________ NOTIVIDA, Año
III, nº 145, 12 de Junio de
2003 Editor
Pbro. Juan C. Sanahuja, (54-11) 4813-5320;
4811-1678 __________________________________ ACLARACIÓN: A
partir de aquí incluye publicidad el distribuidor de los
correos . La
publicidad colocada NO es responsabilidad de NOTIVIDA y escapa
a su control. _____________________________________ |